3 de diciembre de 2020

Camino al andar

En la larga marcha de la responsabilidad social de las empresas, caminamos, muchas veces, perdiendo el norte, el destino, o mejor dicho, confundiendo aspiraciones con progresos. A raíz de la crisis económica 2008-2014, el mundo entero pareció replantearse el capitalismo mismo, dada la grave quiebra de confianza producida en sectores económicos clave del sistema: “refundar el capitalismo” (Sarkozy) “Renovarlo o Resetearlo” (Times), “revisar la relación del capitalismo con la democracia” (Wolf, en FT). Incluso el G-20 en su reunión de Londres el 9 de abril de 2009, comenzó su comunicado final reflexionando sobre la necesidad de incorporar a los mercados y a las empresas criterios de mayor responsabilidad social. Ahora, meses antes de la pandemia, Davos ha cristalizado el “Stakeholders Capitalism”, continuando la reflexión de la Bussines Roundtable norteaméricana en el mismo sentido.

No conviene perderse en los caminos de la utopía, ni dejarse confundir por los cantos de sirena. Todos esos referentes son válidos, marcan tendencias, fortalecen las corrientes internas y las presiones externas que operan sobre las empresas y sus relaciones con la sociedad, pero no hacen camino. Alumbran nuestros pasos e iluminan horizontes, pero es necesario caminar. Los pasos se dan con leyes. Con marcos jurídicos que establecen obligaciones. Es una enseñanza de la historia. Las grandes conquistas en la dialéctica Capital-Trabajo no fueron solo las buenas intenciones del paternalismo patronal, o las buenas obras de la caridad, ni siquiera las buenas prácticas de las empresas más avanzadas socialmente, sino que fueron las leyes las que acabaron configurando el mundo laboral de la dignidad en el trabajo, la justicia y la proteción social.

Es verdad que las leyes llegan cuando las prácticas se generalizan y se asumen. Por eso, la voluntariedad es consustancial a la Responsabilidad Social, pero es solo su inicio. Cuando realmente avanzamos es cuando transformamos esas buenas prácticas en ley exigible a todos. Veamos algunos ejemplos.

Hace quince años era impensable que las empresas tuvieran obligación de informar a la sociedad de sus resultados sociales, laborales o medioambientales. Hoy es obligación legal en toda Europa (para empresas de más de 250 trabajadores solo) pero la exigencia de transparencia informativa sigue creciendo desde los mercados, inversores y consumidores y la conciencia social sobre los impactos de las empresas en materias sensibles (medioambiente, fiscalidad, etc.) seguirá reclamando más comunicación social y mejor transparencia.

Hace menos tiempo todavía, la posibilidad de que las leyes establecieran cuotas femeninas mínimas en los consejos de administración de las compañías se consideraba una intolerable intromisión del Estado en una esfera privada y blindada de la administración de las empresas. Hoy tenemos leyes en Francia (40% de mujeres en los consejos de administración) y normas quasi obligatorias de las comisiones del mercado de valores en casi toda Europa. En España, el 30% para las empresas cotizadas. Pero en Alemania, el gobierno de coalición acaba de anunciar (21/11/2020) una cuota vinculante de mujeres en los comités ejecutivos de las empresas alemanas. La UE discute,desde 2012, una directiva para mejorar el equilibro de género en los consejos de administración de las empresas cotizadas.

Son solo dos buenos ejemplos, pero hay más. Tal y como ya informamos en estas mismas páginas, llegará, no sé si en 2021, pero llegará, una directiva europea sobre “diligencia debida” en DD. HH en la cadena de valor de las empresas transnacionales. De hecho, el Consejo Europeo acaba de hacer un llamamiento a los Estados miembro y a la Comisión Europea (1/12/2020) para promover los derehos humanos en la cadena global de suministro y el trabajo decente en todo el mundo. Reclama a la Comisión que elabore un plan de acción de debida diligencia y transparencia estableciendo un marco legal sobre estas materias.

Así llegaron los planes de compliance a raíz del establecimiento de la responsabilidad penal de las compañías (2012). Y así están ya en muchos convenios colectivos (no se olvide, exigencia legal), obligaciones de respeto a la conciliación personal- familiar, de formación continua, etc.

Al comienzo de esta larga carrera (2003), cuando constituimos una sub-comisión parlamentaria en el Congreso para la introducción de la RSE en España, recibimos como compareciente al Secretario General de la CEOE. Recuerdo que le pregunte qué opinaba de la posibilidad de establecer estímulos fiscales a las compañías que llevaran a cabo políticas de RSE o prácticas favorecedoras de la sostenibilidad empresarial. Me respondió: “estamos en contra. Si la RSE es voluntaria, no admitiremos discriminación que perjudique a quien no quiera hacerlo”. Yo le señalé que el Estado concedía muchas ventajas fiscales a prácticas voluntarias, por ejemplo, la I+D+i. Recordando aquella anécdota, me congratulo de cómo y cuánto hemos avanzado.

Pues eso, que como decía Machado, “se hace camino al andar”.
Publicado en Diario Responsable.  3/12/2020