17 de abril de 2019

Una mayor protección para los denunciantes

 La alarma social provocada por las revelaciones del 'dieselgate', Luxleaks, los papeles de Panamá o Cambridge Analytica, y el posterior reconocimiento público a la labor de los denunciantes de irregularidades que permitieron sacar a la luz estos actos ilegales —entre otros, Edward Snowden (que desveló el espionaje de las autoridades estadounidenses) y Antoine Deltour (que denunció en el caso de Luxleaks el sistema de las resoluciones fiscales ofrecidas a las multinacionales para reducir su contribución a los impuestos)— forzaron a la Comisión Europea a presentar una propuesta de directiva en abril de 2018 para garantizar un elevado nivel de protección para los denunciantes que notifiquen infracciones del derecho de la UE que dañan el interés público. Tras varios meses de arduas negociaciones, el pasado 11 de marzo, los negociadores de la presidencia rumana y los del Parlamento Europeo alcanzaron un acuerdo que ya ha sido confirmado por los Estados miembros y que acaba de ser refrendado por el pleno del Parlamento Europeo.

Desde que saltaran a la luz los primeros escándalos, el Parlamento ha reclamado reiteradamente a la Comisión que elaborase una propuesta legislativa a escala de la UE para alinear y reforzar las normativas nacionales que protegen a los denunciantes. En la actualidad, solo 10 países de la UE, entre los que, por cierto, no se encuentra España, tienen una legislación integral en este ámbito, y a escala de la UE, la legislación en esta materia solo se aplica a ámbitos específicos como el de los servicios financieros.

Sin embargo, la pérdida de beneficios potenciales debida a la falta de protección de los denunciantes, solo en el ámbito de la contratación pública, se calcula en una horquilla de entre 5.800 y 9.600 millones de euros anualespara el conjunto de la UE. Pero, como es comprensible, pocos trabajadores quieren poner en peligro su reputación o su puesto de trabajo por denunciar un comportamiento ilegal si no tienen garantías. O peor, ser sometidos a costosas y peligrosas querellas criminales contra ellos.

La propuesta de la Comisión, que ha sido modificada considerablemente en su tramitación legislativa, garantiza un nivel elevado de protección de los denunciantes en muy diversos sectores, al establecer cauces seguros para poder denunciar infracciones tanto dentro de una organización —privada o pública— como de las autoridades públicas, pero, sobre todo, al resguardarlos de las represalias. Entre los principales elementos que articulan esta protección, cabe mencionar los siguientes.

En primer lugar, un sistema de denuncias que fomenta los cauces internos antes de recurrir a aquellos establecidos por las autoridades públicas. Para ello, la directiva fija que tanto las empresas con más de 50 trabajadores como los municipios con más de 10.000 habitantes tengan la obligación de establecer cauces de denuncia efectivos y eficaces. En cualquier caso, y tal como el Parlamento ha reclamado insistentemente, los denunciantes pueden recurrir directamente a los cauces externos si lo prefieren.

En segundo lugar, el ámbito de aplicación de la directiva abarca aspectos como la contratación pública, los servicios financieros, la prevención de blanqueo de capitales, la salud pública, etc. Desafortunadamente, el Consejo, compuesto por una mayoría de gobiernos conservadores, se ha opuesto a la inclusión del incumplimiento de la legislación laboral, pero hemos asegurado una cláusula de revisión para que la Comisión Europea pueda examinar en un futuro la propuesta de ampliar el alcance del acuerdo. Además, la directiva no impide que los Estados miembros puedan ir más allá de la lista a la hora de aplicar la nueva normativa.

En tercer lugar, se ha acordado una lista de lo que puede considerarse una forma de represalia y se ha adoptado un extenso listado de medidas de protección a favor de los denunciantes como, por ejemplo, la exención de responsabilidad por quebrantar las restricciones en materia de divulgación de información impuestas por contrato o por ley. Solo así se logrará aumentar la seguridad jurídica de los denunciantes (potenciales) y evitar su persecución y procesamiento.

Además, la directiva contempla un ámbito de aplicación personal abarcando la gama más amplia posible de categorías de personas que pueden tener acceso a información sobre infracciones cometidas en un contexto laboral, como por ejemplo trabajadores (incluidos funcionarios a nivel nacional/local), voluntarios y trabajadores en prácticas, miembros no ejecutivos, accionistas, etc. La nueva legislación contempla también la protección de los denunciantes como fuentes periodísticas, algo crucial para salvaguardar el papel de 'guardián' del periodismo de investigación en las sociedades democráticas.

Por último, se ha pactado que los poderes públicos y las empresas tendrán un plazo de tres meses para informar al denunciante y tramitar las denuncias(con la posibilidad, en casos debidamente justificados, de prorrogar el plazo hasta seis meses para los cauces externos).

Sin duda, con la futura aprobación final de esta legislación y, sobre todo, tras su correcta incorporación en tiempo y forma en los ordenamientos jurídicos nacionales de los Estados miembros, la Unión habrá dado una clara señal en favor de proteger a aquellas personas que exponen la corrupción o las malas prácticas tanto en el sector público como en el privado y, por ende, para detectar el fraude y lograr que las empresas operen en un entorno de competencia leal.
 
 
Publicado en El confidencial, 17 Abril 2019