Si la Corte Suprema de Reino Unido hubiera consentido la ley del Gobierno escocés que preveía un referéndum sobre la cuestión ‘¿debe Escocia ser un país independiente?’, hoy estaríamos hablando, día sí, día también, sobre la autodeterminación escocesa. No ha sido así y los nacionalismos vasco y catalán han extendido un manto de silencio sobre la interesante y razonada sentencia de Gran Bretaña.
Recapitulemos. En 2014 se celebró un referéndum sobre la independencia de Escocia porque el Gobierno británico lo autorizó. Fue David Cameron, primer ministro de Reino Unido entonces, quien quiso ganar dos viejos y graves contenciosos de su país convocando sendos referendos. El primero, para quedarse en Europa; el otro, para que Escocia no se fuera de Gran Bretaña. Con la Unión logró un ventajoso modo de quedarse en Europa y con Escocia consolidó los poderes autonómicos para que no se fuera de Reino Unido. Perdió el primero y todavía están sufriendo su Brexit. Ganó el segundo, por los pelos y por la decisiva ayuda de los laboristas británicos y muy singularmente de su exlíder Gordon Brown.
La dirigente escocesa de hoy, Nicola Sturgeon, quiere otro referéndum y lo plantea a través de un proyecto de ley del Parlamento escocés que se sustenta en la Ley de Escocia de Devolución de 1998, una especie de estatuto de autonomía que recoge las competencias de su autogobierno. La Corte Suprema de Reino Unido le dice que esa no es su competencia, que está fuera de sus poderes legislativos legislar sobre un asunto que está reservado al Parlamento de Reino Unido y que corresponden solo a Westminster los asuntos relacionados con la unión de los reinos de Escocia e Inglaterra.
A propósito de las comparaciones frecuentes en nuestro debate nacional, empecemos por recordar que las relaciones entre ambos reinos nada tienen que ver con nuestro proceso de construcción del Reino de España. Escocia se adhiere voluntariamente a Reino Unido a principios del siglo XVIII para crear el reino de Gran Bretaña, aunque la corona ya estaba unida desde 1603.Por ello, se atribuye a Escocia un discutido derecho a renovar esta adhesión. Nada de eso sucede en el proceso histórico español y nada en tal sentido contempla nuestra Constitución.
De manera que las pretensiones de equiparar tal supuesto derecho en Escocia con los que reclaman aquí ese ejercicio son burdas manipulaciones políticas, sin base legal o jurídica alguna y, desde luego, sin que la historia ampare tales demandas.
Pero es que, aun aceptándose que Escocia tuviera derecho a irse de Reino Unido, lo que la Corte Suprema le dice es que no puede convocar por sí sola el referéndum, sino que esa es una materia «reservada» al Parlamento británico. Aquí la sentencia de la Corte se explaya con esa curiosa pero inteligente forma de razonar que tiene la jurisprudencia británica, mantienendo un principio elemental: no es posible decidir unilateralmente algo que corresponde y pertenece a la unidad de Reino Unido.
Tampoco lo aceptaría, sigue la sentencia, aunque el referéndum fuera simplemente consultivo y no tuviera consecuencias legales inmediatas porque, en todo caso, se trataría de un acontecimiento político que tendría importantes consecuencias políticas (como lo tuvo, por ejemplo, el referéndum del Brexit) «porque esa voluntad popular impulsa actos legales inexcusables».
La Corte también rechaza la argumentación del Partido Nacionalista Escocés sobre el supuesto derecho a la autodeterminación con base en el Derecho internacional, considerando que no es aplicable al caso británico. «El contexto en el que la libre determinación puede ser aplicada se limita a situaciones de tipo colonial o aquellas que involucran una ocupación extranjera». Fuera de estas situaciones «no hay ningún derecho a la secesión». La sentencia recoge profusamente los argumentos de la Corte Suprema de Canadá (1998) para explicar estos principios y para negar la aplicación del derecho a la autodeterminación a los países que no están en esas circunstancias.
Entre nuestros nacionalistas, Escocia, Quebec y la Carta de las Naciones Unidas sobre la autodeterminación han venido constituyendo una triada argumental pretendidamente incuestionable para amparar derechos colectivos negados por nuestra Constitución. Pues bien, es hora de decir que no hay soporte legal ni político en ninguno de esos casos para las reivindicaciones nacionalistas. No hay ningún derecho negado al pueblo vasco o al catalán, basado en convención internacional alguna u otros precedentes internacionales. Pueden, eso sí, mantener sus reivindicaciones independentistas cuando gusten y como quieran, pero no basadas en derechos negados o en principios democráticos inexcusables, porque no existen ni tales derechos ni tales principios.
Publicado en el Correo, 18/12/2022